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Obligaciones del Generador

Este ítem que corresponde al artículo 6 del Decreto 351 de 2014 y habla de las Responsabilidades, para cumplir con las Normas Vigentes, que se tienen como Generadores de Residuos en la atención en salud y otras actividades, en el Marco de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Hospitalarios y Similares conforme a lo establecido en el Manual para la Gestión Integral de Residuos Generados en la Atención en Salud y otras Actividades.

• Formular, implementar, actualizar y tener a disposición de las autoridades, PGIRHS.
• Capacitar al personal encargado (programa de formación y educación) y brindar los elementos de protección personal necesarios para la manipulación de éstos.
• Contar con un plan de contingencia y disponer de personal capacitado y entrenado para su implementación.

• Los generadores que realicen atención en salud extramural, serán responsables y su gestión debe ser contemplada en el PGIRHS.
• Entregar al transportador los residuos debidamente embalados, envasados y etiquetados, de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente.
• Conservar las certificaciones de almacenamiento, aprovechamiento, tratamiento y/o disposición final, hasta por un término de cinco (5) años.

  • Segregación en la fuente
  • Características de Recipientes para los residuos
  • Características de Recipientes para los residuos cortopulzantes
  • Desactivación Química
  • Rotulación de bolsas
  • Características de las bolsas para los residuos Biológicos
  • Almacenamiento de residuos hospitalarios y similares